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Servel: Los adultos mayores no están exentos de la obligatoriedad del voto

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El Plebiscito Constitucional del 4 de septiembre será un hito electoral donde todos los ciudadanos chilenos que estén habilitados para votar, deberán hacerlo de forma obligatoria.

Así, se presentan tan solo 4 razones para excusarse del sufragio: vivir a más de 200 km del domicilio electoral, padecer alguna enfermedad, estar en otro país, u otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

¿Qué pasa con los adultos mayores?

Según el Servicio Electoral (SERVEL): ”La ley indica que el sufragio en el Plebiscito Constitucional será obligatorio para todos quienes tengan su domicilio electoral en Chile, sin establecer una edad máxima para ello. Servel deberá denunciar a todos quienes no sufraguen”.

Es decir, si el adulto mayor se encuentra como habilitado para sufragar en https://consulta.servel.cl/, este se verá en la obligación de asistir a votar. Y de no hacerlo, puede ser multado por un monto de hasta 180 mil pesos.

Sin embargo, si por razones de salud no puede participar del evento electoral, el representante del adulto mayor podrá presentarse ante cualquier unidad de Carabineros de Chile, únicamente durante la jornada del 4 de septiembre, y dejar una constancia por enfermedad o impedimento grave.

¿Qué pasa si el representante del adulto mayor no puede asistir?

En ese caso, tras no ir a votar ni dejar constancia el 4 de septiembre, puede esperar a que el Juzgado de Policía Local le emita una notificación de citación. 

Ahí, tendrá la oportunidad de presentar los certificados o comprobantes correspondientes del certifiquen el estado de salud del abuelo o abuela.

En resumen…

El representante del adulto mayor puede ir, el 4 de septiembre (ni antes ni después), a cualquier comisaría o retén de Carabineros, para dejar una constancia que explique las razones de salud que impiden al abuelo o abuela asistir a sufragar.

Si no, puede esperar hasta luego de las votaciones, para ser citado por el Juzgado de Policía Local, donde deberá asistir y presentar los certificados o comprobantes que corroboren el estado de salud del adulto mayor.

Horarios preferenciales de votación

Sobre los horarios preferenciales, el Servel comunicó que este regirá durante toda la jornada, de 08:00 a 18:00 hrs.