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Bono Invierno: ¿Cuándo es el primer pago y quienes son los beneficiarios?

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Desde el próximo 5 de agosto, el Instituto de Previsión Social (IPS), iniciará el pago a un primer grupo de beneficiarios del Bono Chile Apoya de invierno. Una iniciativa que busca ayudar a 7 millones y medio de personas y que contempla la entrega de una bonificación equivalente a $120 mil para las familias más vulnerables de Chile.

Dichos beneficiarios podrán conocer su lugar y fecha de pago desde el 5 de agosto a través de los sitios web: www.bonoinviernochileapoya.cl y  www.chileatiende.cl.

¿Quiénes serán las primeras personas en recibir el bono a partir del 5 de agosto?

Según el Gobierno de Chile, se trata de un grupo conformado por 4 millones 500 mil personas que cumplen con los siguientes requisitos:

  • Causantes de Asignación Familiar, Maternal o Subsidio Familiar (SUF) al 31 de diciembre de 2021.
  • Personas que recibieron el Bono de Invierno 2022.
  • Personas con Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) al 30 de junio de 2022.
  • Beneficiarios/as de Subsidio de Discapacidad Mental (SDM) al 30 de junio de 2022.

Se evalúa que cerca del 80% de los pagos se realizarán mediante depósitos automáticos que abonará el IPS en las cuentas bancarias correspondientes.

¿Cuándo reciben el bono los grupos restantes?

La segunda plantilla de pagos se dispondrá según la información que entregará el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de acuerdo con la actualización del Registro Social de Hogares (RSH) que se realice al 1 de agosto. Esta segunda serie de pagos se realizará durante el mes de agosto.

¿Quiénes conforman al resto de las personas con derecho al Bono Extraordinario Chile Apoya de invierno?

De acuerdo con el Gobierno:

  • Causantes del Subsidio Familiar y de Asignación Familiar y Maternal al 31 de diciembre de 2021, cuyos beneficiarios recibieron el respectivo pago de la asignación a esa fecha.
  • Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022.
  • Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y la Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022 y que perciban ese aporte en el mes de julio de 2022.
  • Personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad Mental (ley N° 20.255, art 35) al 30 de junio de 2022 y que recibieron ese aporte en julio de 2022.
  • Familias usuarias del subsistema “Seguridades y Oportunidades” (Ley Nº 20.595), al 1 de agosto de 2022, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno estos requisitos: personas con discapacidad acreditada (Ley N° 20.422); personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas en situación con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia; personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; mayores de 60 años y menores de 18 años.
  • Hogares pertenecientes al 60% más vulnerable en el Registro Social de Hogares, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: que sean integrados por personas con discapacidad acreditada (ley N°20.422); por personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); por estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; o por personas mayores de 60 años y menores de 18 años.