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Justicia con perspectiva de género: ¿Qué busca el artículo que será parte de la nueva Constitución?

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La semana pasada se vivieron sesiones de votación y discusión en el Pleno de la Convención relacionadas con las normas que serán parte del borrador de la nueva Constitución.

Uno de los que se aprobaron busca garantizar la paridad y perspectiva de género en sistema de justicia nacional. La propuesta fue levantada por la comisión de Sistema de Justicia y fue aprobada con 112 votos a favor, 24 en contra y 16 abstenciones.

En concreto señala que “la función jurisdiccional se regirá por los principios de paridad y perspectiva de género. Todos los órganos y personas que intervienen en la función jurisdiccional deben garantizar la igualdad sustantiva“.

En Radio Infinita conversamos con la Convencional Constituyente por el distrito 23, Manuela Royo. La abogada e integrante de la Comisión de Sistema de Justicia, se refirió a la incidencia que puede tener este artículo en el actual sistema judicial.

“En concreto, el enfoque de género se utiliza en la interpretación, en la redacción de sentencias, en el tratamiento hacia las personas, en el acceso a la justicia, en la utilización de un lenguaje no sexista, en la ausencia de prejuicios y estereotipos de género en la incorporación de estándares internacionales sobre derechos de las mujeres”, explicó la convencional.

Asimismo, se refirió al rol que tendrá esta nueva constitución luego de vivir una ola feminista.

“Consideramos que la conformación paritaria de la Convención es expresiva de este momento y esperamos que la construcción del sistema de justicia así también lo sea”, señaló para Radio Infinita. Además, añadió que han denominado a este sistema “Paridad sustantiva”.

Las mujeres en el actual sistema de justicia

La convencional fue parte de la comisión revisora de los artículos en materia de justicia presentados al Pleno. Por ello, expresó que actualmente existe una gran brecha entre la participación de mujeres, hombres y disidencias en el Poder Judicial.

“Lo cierto es que existen más juezas en los tribunales de primera instancia. En las altas cortes existe una presencia mucho más fuerte de varones”, señaló Royo.

Además, aclaró que entre los años 1823 y el 2021 han sido nombrado en la Corte Suprema 216 ministros y solo 11 ministras que es un 4,8%.

Estos datos fueron extraídos del Informe sobre paridad de género en el Poder Judicial que fue publicado en diciembre de 2021. 

Este se afirma en que, si bien es prácticamente imposible llegar de forma “natural” a un 50% y 50% de representación, sí se espera que la brecha de género  sea lo más cercano a 0 posible. Este punto, planteado por el Poder Judicial, podría cumplirse con la aprobación en general de este artículo.

“Esta falta de inclusión de las mujeres se ha reflejado en que existe una justicia muy restrictiva con las mujeres y que ha puesto como un centro del juzgamiento la idea del varón”, explicó la convencional.

Sin embargo, en relación a esta propuesta, también se refirió la Convencional de Vamos por Chile, Carol Brown, quien se mostró contraria  al propuesta.

“La idea de fallar con perspectiva de género rompe con la imparcialidad y es injusta, porque todos tenemos el derecho a que los conflictos relevantes sean resueltos por un juez racional y justo, sin privilegiar a nadie”, explicó a Radio Infinita.

Añadió que, “en esta norma aprobada, se le impone al juez a fallar con ‘Enfoque de Género’ siendo que el juez debe aplicar la ley de forma racional y justa sin otros miramientos”.

Otros países con perspectiva de género en la justicia 

Si Chile llega aprobar una Constitución con este articulo en su interior, se sumará a la lista de países que cuentan con perspectiva de género en el sistema judiciale. Tales como Argentina, Colombia, España, Francia y Alemania, según el “Cuaderno de buenas prácticas para incorporar la perspectiva de género en las sentencias”, elaborado por EUROsociAL y la Corte Suprema de Chile.