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Enfermedades relacionadas a la salud mental dejarán de ser preexistencias en las isapres desde este 3 de enero

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Debido a la entrada en vigencia de la normativa de la Superintendencia de Salud, desde este lunes 3 de enero, las enfermedades relacionadas a la salud mental no serán consideradas como preexistencia en las isapres

En este contexto, se informó que “las isapres no pueden consultar ni exigir a los potenciales afiliados la declaración de enfermedades mentales o discapacidades psíquicas o intelectuales propias o de sus beneficiarios, como tampoco pedir antecedentes clínicos o realizar entrevistas que revelen esos diagnósticos”, informa la circular N° 396 de la Superintendencia.

Esto quiere decir que las isapres tendrán que eliminar las preguntas relacionadas a enfermedades mentales o discapacidades psíquicas o intelectuales de la Declaración de Salud. El proyecto fue aplicado en el marco de la ley 21.331 que tiene por objetivo reconocer y proteger los derechos de las personas en la atención de salud mental. 

Desde la Superintendencia se informó que la medida es “en beneficio de la ciudadanía” al igual que otras iniciativas tales como “la no discriminación por identidad de género en la afiliación (octubre de 2019), instrucción que vela por la dignidad e igualdad en el trato a las personas; el fin de los planes con cobertura reducida de parto (diciembre de 2019); la nueva tabla de factores (abril de 2020), que no diferencia valores entre hombres y mujeres a la hora de contratar un plan de salud; o la circular que en junio de 2020 dejó de considerar al Síndrome de Down como una enfermedad”.

Por último, la circular dice que a partir del 1 de marzo, las isapres “no podrán comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para las prestaciones de salud relacionadas con enfermedades mentales, discapacidades psíquicas o salud mental”.