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Por qué será formalizado el Director General de la PDI

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Durante la mañana de este viernes, efectivos del OS7 y el OS9 de Carabineros llevaron a cabo diligencias en el domicilio y en la oficina de Sergio Muñoz Yáñez, Director General de la PDI.

Las órdenes de entrada y registro, fueron solicitadas ayer jueves por la fiscalía oriente.

Todo esto se realiza tras el peritaje al celular del abogado Luis Hermosilla, desde el cual se obtuvo información que da cuenta de hechos constitutivos de delitos que involucran directamente al Director General de la PDI.

Por lo anterior, la fiscalía solicitó fecha y hora para formalizar a Sergio Muñoz, por el delito de Infracción artículo 31 de la Ley 19.913 (revelación de investigación de lavado de activos) e Infracción artículo 246 del Código Penal (revelación de secreto). La audiencia se realizará el próximo martes 19 a las 9:00. Según el exfiscal Carlos Gajardo, se acusa que Muñoz habría estado filtrando información confidencial de una investigación.

Infracciones

El artículo 31 de la ley 19.913 establece “la investigación de los delitos a que se refieren los artículos 27 y 28 de esta ley será siempre secreta para los terceros ajenos al procedimiento y también para los terceros afectados por una investigación preliminar del fiscal. Respecto del imputado y de los demás intervinientes, la investigación será secreta cuando así lo disponga el fiscal, por un plazo máximo de seis meses, renovables con autorización del juez de garantía, por una sola vez y por igual término”.

Posteriormente sigue:

“El que entregue o difunda información de cualquier naturaleza acerca de antecedentes de la investigación incurrirá en la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo. Esta prohibición y sanción se extenderá a los funcionarios que hubieren participado en la investigación y a todo aquel que, de cualquier modo, informe, difunda o divulgue información relativa a una investigación e, incluso, al hecho de estarse realizando ésta”.

Mientras tanto, el artículo 246 del Código Penal establece:

“El funcionario público que revelare o consintiere que otro tomare conocimiento de uno o más hechos ventilados en un procedimiento judicial o administrativo sancionatorio o disciplinario en el cual le hubiere correspondido intervenir bajo un deber de reserva será sancionado con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 10 a 30 unidades tributarias mensuales (UTM)”.

Contexto caso audios

En noviembre del años pasado, Ciper publicó una investigación llamada “Aquí estamos haciendo una huevá que es delito»: el audio en el que Luis Hermosilla menciona pagos a funcionarios del SII y la CMF”.

Ciper sacó a luz audios en el que el abogado Luis Hermosilla habla de pagos a funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII) y de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), con la finalidad de obtener información privilegiada y favores.

El registro da cuenta de una reunión realizada en junio entre Daniel Sauer Adlerstein -controlador del factoring Factop y de la corredora de bolsa STF-, la abogada María Leonarda Villalobos y Hermosilla.

El contenido del audio provocó que la Fiscalía Metropolitana Oriente abriera una investigación penal de oficio, mientras que tanto el SII como la CMF presentaron denuncias ante el Ministerio Público, y anunciaron investigaciones internas para determinar eventuales infracciones administrativas.